Preguntas frecuentes
¿Si deseo consignar mi propiedad para arriendo o venta que debo hacer?
Para realizar el proceso e consignación de un inmueble, te invitamos a acceder y diligenciar completamente nuestro formulario, para tener el gusto de contactárnos
¿Cuál es el proceso para tomar un inmueble en arriendo?
1. ESTUDIO DE CREDITO
Contamos con los servicios de las mejores Aseguradoras como lo son: El Libertador del Grupo Bolívar, Unifianza, Sura, Fianza crédito. Por intermedio de alguna de estas compañías aseguramos / afianzamos los inmuebles que arrendamos.
Los siguientes son los pasos a seguir y los requisitos exigidos por estas compañías pero no te preocupes, uno de nuestros asesores comerciales te acompañará en todo el proceso y te indicará con que aseguradora tramitar tu solicitud.
- Los formularios que deben ser diligenciados los encuentras en los siguientes sitios web:
- El Libertador:
- Unifianza:
- Sura:
- Fianzacrédito:
- Una vez tienes el formulario debes:
- • Diligenciar Correcta y Completamente la información solicitada
- • Adjuntar toda la documentación de soporte requerida
- • Pagar el valor del estudio según las tablas de tarifas que cada compañía tiene
- • Y finalmente radicar tanto el formulario como la documentación de manera virtual.
- En términos generales los siguientes son los requerimientos mínimos de estas dos compañías para aprobar un estudio:
- • Acreditar ingresos por el doble del canon de arrendamiento
- • Acreditar Propiedad Raíz, adjuntando el Certificado de Libertad y tradición del inmueble libre de limitaciones o afectaciones.
- • Corroborar que los deudores solidarios estén domiciliados y tengan su actividad laboral en alguna de las ciudades de acreditación de la Aseguradora / Afianzadora.
- Empleado:
- • Extractos bancarios últimos 3 meses
- • Certificación laboral
- • Colillas de Pago
- • Declaración de Renta últimos 2 años
- • Certificado de Ingresos y Retenciones
- • Fotocopia documento de identificación
- Persona Independiente:
- • Extractos bancarios últimos 3 meses
- • Declaración de Renta últimos 2 años
- • Cámara de Comercio, en caso de tenerlo
- • Estados financieros del último año
- • Fotocopia documento de identificación
- Pensionado:
- • Volante de pago de pensión
- • Extractos bancarios últimos 3 meses
- • Fotocopia documento de identificación
2. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Una vez el estudio de arrendamiento ha sido aprobado se procede con la firma del contrato de arrendamiento por parte del Arrendatario al igual que de los deudores solidarios.
En este momento se realizará el pago de los derechos de contrato respectivos.
Paso siguiente, se procede con la firma del contrato por medios digitales.
3. ENTREGA DEL INMUEBLE
A la firma del contrato se acuerda la fecha y hora en que se hará entrega del inmueble. El día de la entrega se realiza un detallado inventario del mismo el cual será leído y firmado por el arrendatario aceptando el estado y condiciones en que se encuentra. Este será el mismo inventario que se verificará a la devolución del inmueble en el momento en que el contrato de arrendamiento se termine.
¿Cómo firmo el contrato de manera electrónica?
¿Como puedo obtener la factura para el pago del arrendamiento mensual?
En la zona clientes: Arrendatarios
- • Ingresa la cédula del Arrendatario y como clave escribe cuatro ceros "0000".
- • En la siguiente pantalla encontrarás toda la información que requieres. Debes hacer CLIC en el servicio solicitado, puedes descargar el código de barras o descargar la factura e inmediatamente se desplegará la información solicitada.
- IMPORTANTE: Debes utilizar una impresora LASER ya que las de inyección de tinta no garantizan la calidad suficiente y podría no ser leído adecuadamente por el Banco y por ende rechazado.
- Recuerda que para descargar el código y / o realizar el pago del mes en curso, debes estar al día en tus pagos de meses anteriores.
- Puedes de igual forma realizar tu pago a través de pagos en línea PSE (mira el siguiente tutorial).
¿Puedo pagar el arrendamiento de forma segura por internet?
Puedes pagar tu renta mensual desde internet mediante el BOTON DE PAGOS PSE de forma segura y desde donde te encuentres, siguiendo los siguientes pasos:
En la zona clientes: Arrendatarios
- • Ingresa a la página web www.todoconpropiedad.com
- • Clic en el botón “PSE”
- • Ingresa la cédula del Arrendatario.
- • Se va a desplegar la información del pago correspondiente.
- • Selecciona el valor a pagar y haz CLIC en PAGAR.
- • Ahora selecciona tu medio de pago.
- • Digita la información que te solicitan para realizar el pago.
- • Escoge el tipo de persona.
- • Escoge tu entidad bancaria.
- • Acepta la política de tratamiento de datos.
- • Continua con el proceso hasta finalizar con el pago.
- IMPORTANTE: Por seguridad sugerimos hacer tus pagos siempre desde computadores de confianza y nunca en computadores públicos o en los cuales no confíes.
¿Como reporto un daño en el inmueble?
En caso de que el inmueble que tienes en Arrendamiento presente Humedades, problemas eléctricos, fugas de agua o gas, en general las reparaciones necesarias, ya que las locativas le corresponden al arrendatario, debes notificarlo por escrito al siguiente correo electrónico:
coordinadoracomercial@todoconpropiedad.com y nuestro funcionario encargado se comunicará contigo para ampliar la información necesaria y dar pronta solución a tu necesidad.
En caso de sufrir una EMERGENCIA en horario NO laboral, deberás dar solución directa y reportar inmediatamente por email a nuestra compañía la situación presentada. Siempre debes contar con una factura con todos los requerimientos legales.
¿Soy un nuevo arrendatario y me llegó la cuenta de servicios que debo hacer?
Una vez le lleguen recibos por servicios públicos del inmueble que tienes en arriendo, es suficiente que escanees o tomes una fotografía del recibo y lo envíes al siguiente correo electrónico:
coordinadoracomercial@todoconpropiedad.com
Debes informar el nombre del arrendatario y dirección del inmueble.
¿Cuanto incrementa mi canon de arrendamiento?
Para contratos de Vivienda: El canon de arrendamiento está regulado por la ley 820 de 2003 donde se estipula que su incremento será igual al IPC (Indice de precios del consumidor) del año inmediatamente anterior establecido por el gobierno.
Para Contratos Comerciales: El incremento será el estipulado en el contrato.
¿Si deseo terminar el contrato de arrendamiento para el vencimiento que debo hacer?
Primero que todo lamentamos que hayas tomado esta decisión y estamos a tu disposición para ofrecerte otras opciones de inmuebles en Arriendo o Venta que podrían interesarte.
Debes notificarnos por escrito y a través del servicio postal autorizado con no menos de tres (3) meses de anticipación a la fecha de vencimiento del contrato o de sus prórrogas.
Quince días antes de la fecha de entrega la inmobiliaria se comunicará contigo para confirmar tu decisión de entregar y para definir las siguientes fechas:
- Pre inventario: Se hace por lo menos una semana antes de la entrega final del inmueble. En esta visita se revisa el estado general del inmueble contra el inventario inicial del contrato y se te informa sobre cualquier daño o faltante que debas subsanar con el fin de que, en la fecha de la entrega final, el inmueble pueda recibirse sin ninguna observación.
- Pre liquidación de Servicios públicos: Se hace por lo menos una semana antes de la entrega final del inmueble. En esta visita se revisa el estado general del inmueble contra el inventario inicial del contrato y se te informa sobre cualquier daño o faltante que debas subsanar con el fin de que, en la fecha de la entrega final, el inmueble pueda recibirse sin ninguna observación.
- Fecha y hora de la entrega real y material del inmueble: Debes comunicarnos la fecha real y la hora en que visitaremos el inmueble para realizar la entrega. Para esta fecha ya debes haber cancelado el canon de arrendamiento, tener la última cuenta de servicios públicos cancelada y haber cancelado la provisión de los servicios públicos.
- A la fecha de la entrega se hará una validación entre el inventario inicial y el estado actual del inmueble de tal forma que el mismo se encuentre en las mismas condiciones físicas que al momento del inicio del contrato, salvo el deterioro por el buen uso normal del mismo. Ten en cuenta que es tu responsabilidad entregar el inmueble sin daños en paredes (agujeros, paredes pintadas de colores diferentes a blanco), muebles y pisos dañados o rayados, baldosines con agujeros, puertas dañadas o rayadas, cerraduras dañadas o sin las llaves de repuesto entregadas, baños rotos o con faltantes, estufas u hornos que no funcionan, etc.
- El día de la entrega del inmueble debes entregarlo completamente aseado. Recuerda que en todo caso, el arrendamiento deberá ser pagado hasta el día de la fecha de entrega del inmueble por lo cual recomendamos tener presentes todos los puntos anteriores y así prevenir demoras en la entrega.